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Información del cobro en periodo voluntario de tributos y otros ingresos del Consell Insular de Formentera (año 2011)

‒ Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
‒ Impuesto sobre bienes inmuebles
‒ Impuesto sobre actividades económicas 2010 y 2011
‒ Tasas y precios públicos corresponendientes al año 2011 (recogida y tratamiento de residuos segundo semestre, entrada vehículos, reservas vías, ocupación vía pública y bicis)


Plazos y formas de pago en período voluntario:
Del 4 de agosto al 4 de octubre los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago pueden efectuar el pago en cualquier oficina de las entitades bancarias siguientes: Banca March, Banc de Crèdit Balear, “Sa Nostra” Caixa de Balears, Caixa d’Estalvis i Pensions “la Caixa”, “Colonya” Caixa de Pollença i Caixa Rural de Balears.

Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago pueden obtenerlo en la oficina de recaudación situada en la calle Eivissa, 9, 07860 Sant Francesc de Formentera, como tambien en cualquier oficina de recaudación de tributos locales de l’AgènciaTributària de les Illes Balears (se pueden consultar los datos de las oficinas en la página web, www.atib.es, en el periodo de pago antes mencionado y en horario de lunes a viernes laborables, de las 8:30 a las 13:30 horas. Así mismo, si tienen certificado digital admitido por la Agència Tributària de les Illes Balears, pueden hacer la consulta y efectuar  el pago a través de la aplicación de la carpeta fiscal en la página web, www.atib.es.

También pueden efectuar el pago de forma telemàtica a través de Internet en la página web www.atib.es (mediante el servicio de banca electrónica de las entitades colaboradoras o con tarjeta de crédito y de débito, con independencia de la entidad que la emita), o de forma automática, mediante el código de barras, por medio de los cajeros automáticos de “Sa Nostra” Caixa de Balears y en los terminales Servicaixa de la Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona “la Caixa”.

Los recibos domiciliados en una entidad bancaria serán remitidos a las respectivas entidades para ser cargados en las cuentas de los contribuyentes. Se recuerda la conveniencia de hacer uso de las modalidades de domiciliación del pago y de gestión de abono de los recibos mediante entidades bancarias, de acuerdo con lo que se establece en el Reglamento general de recaudación (articulos 25.2 y 38).

Documentación:
- Archivo adjunto (formato PDF)

Más información:
- Web de la Agencia Tributaria. Formentera
Nos encontrarás en:
plaza de la Constitució, 1
07860 Sant Francesc Xavier
tel. 971 32 10 87 · fax 971 32 25 56
consell@conselldeformentera.cat
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