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65 casas con el grado de protección B se podrán benefeciar de una bonificación del 75% para preservar su valor como patrimonio histórico de la isla

casa pagesa webLa consellera de Educación, Cultura y Patrimonio del Consell de Formentera, Sonia Cardona, junto con el conseller de Hacienda, Territorio y Urbanismo, Bartomeu Escandell han informado hoy en rueda de prensa de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, a raíz de la nueva valoración catastral realizada por la Dirección General de Catastro del año 2012.

Con la nueva ponencia total de valores, desde el área de Hacienda de Formentera se ha creído conveniente bajar los tipos impositivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos, pasando del 1,10% al 1%, para suavizar la carga impositiva y que se pueda asumir de manera progresiva.

Se trata de una medida adoptada para compensar la subida del valor aplicado al Impuesto de Bienes Urbanos. Con esta modificación puntual se quiere equilibrar el tipo impositivo para que no se tenga que hacer efectivo en una sola vez.

La elevada deuda que el Gobierno Balear mantiene con el Consell de Formentera, ha obligado a su equipo de gobierno a tomar decisiones tributarias que no habrían sido necesarias si el Ejecutivo Autonómico cumpliera con sus cargas económicas. Por este motivo, desde el Consll Insular se irá amortiguando esta presión fiscal a medida que la Comunidad Autónoma vaya pagando su deuda con Formentera. La recaudación para el 2014 en concepto de urbana será de 3.5 millones.

Con esta medida, el Consell Insular de Formentera pretende hacer progresivos los efectos de la reciente actualización de valores catastrales hecha en nuestra isla por parte de la Gerencia Regional del Catastro de las Islas Baleares.

Asimismo, se ha creído conveniente establecer una serie de bonificaciones o incentivos al Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el caso de los inmuebles con grado de protección B, incluidos en el Catálogo del patrimonio cultural de Formentera, para que las cargas de estos inmuebles sean menores, y se compense en cierta medida, las restricciones urbanísticas que se les aplica para preservar su valor como patrimonio histórico de la isla. Concretamente, el grado B implica la imposibilidad de crecer volumétricamente, medida que se estableció con el fin de mantener al máximo las características y los valores patrimoniales de los inmuebles más destacados.

Así, se establece una bonificación del 75 por ciento para los inmuebles incluidos en el Catálogo del patrimonio cultural de Formentera con grado de protección B -el más alto que se asigna a las casas-, siempre que no estén afectos a explotaciones de tipo económico. Estas bonificaciones afectan a un total de 65 casas, 24 de las cuales se encuentran en suelo rústico y las 41 restantes en suelo urbano.

La bonificación se concederá a petición del interesado, que deberá solicitarlo anualmente en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) en el primer trimestre del año.

La Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, establece, por una parte, que el deber de conservación, mantenimiento y custodia de los bienes del patrimonio cultural recae en sus propietarios, titulares de otros derechos reales y poseedores (artículo 22), y por otra, que las administraciones públicas competentes colaborarán con los propietarios y titulares de derechos sobre bienes culturales para la conservación, la recuperación y la difusión de estos, mediante la presentación del asesoramiento técnico y jurídico necesario y, en su caso, de la concesión de ayudas de tipo económico-financiero (artículo 81).