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El Área de Pesca de Formentera cuenta con Servicio de Asesoramiento y Tramitación en materia de pesca

Inspecció de pescaLos servicios de inspección y vigilancia del Consell de Formentera, la Reserva Marina, la Guardia Civil y otras administraciones realizan un control de la práctica pesquera isla.

El Área de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza de Formentera cuenta con un servicio de asesoramiento para todos los temas relacionados con la pesca en la isla y las tramitaciones que se llevan a cabo para regular esta práctica en Formentera .

Los amantes del medio marino pueden obtener varias licencias de pesca, que cuentan con restricciones en cuanto al número de capturas, dependiendo del tipo de licencia. La licencia de pesca recreativa tiene un precio de 13,79 euros y permite la pesca desde tierra o desde una embarcación, con una vigencia de dos años.

Con esta licencia se pueden pescar especies como cefalópodos (pulpos, sepias y calamares), erizos, peces y puu hasta un máximo de 5 kilogramos y una pieza que se puede descontar del peso total por día. Quedan excluidas especies como el atún, la albacora, el pez espada y la aguja de paladar o Marlí. Asimismo no está permitido pescar corales y similares, gusanos, titas, caracoles marinos, lapas, bivalvos ni crustáceos como las langostas, cangrejos, centollos, cigalas, gambas de escala o gambas, entre otros.

Las medidas de las capturan oscilan entre los 11 centímetros de especies como los gerrets, los molls y el capellà, hasta los más grandes como la merluza y el marbre (20 cm), la aguja y el lobo (25cm), rape y goràs (30 y 33 cm respectivamente) y los mayores, meros y pámpano rascàs (45 centímetros) y el atún, con una talla mínima de 115 cm o 30 kilogramos.

Las embarcaciones de pesca recreativa no pueden llevar a bordo capturas superiores a los límites máximos fijados, lo que está controlado por los servicios de inspección y vigilancia del Consell de Formentera, de la Reserva Marina, Guardia Civil y de otras administraciones. Así, las infracciones leves son sancionadas con una multa de entre 60 y 300 euros, las infracciones graves entre 301 y 60.000 euros, y las infracciones muy graves con una multa de 60.001 euros hasta 300.000 euros.

Otras licencias de Pesca
El área de Pesca de Formentera da la posibilidad de obtener otras licencias como la de pesca submarina, la colectiva y la de embarcaciones. En cuanto a la licencia de pesca submarina no está autorizada la pesca los lunes, miércoles y viernes no festivos ni a más de 20 metros de profundidad. Paralelamente se han establecido tres zonas de veda para la pesca submarina en las aguas interiores de Formentera, que suponen un total de 2.500 hectáreas, entre Punta de la Gavina y Punta Rasa, Cala Saona incluida, así como desde los límites desde es Caló hasta el faro de la Mola, pasando por punta de sa Creu. El número máximo de licencias de pesca submarina para Formentera es de 20 licencias anuales.

En el caso de la licencia colectiva, permite pescar en una embarcación con capacidad máxima para 12 personas y hay que tener en posesión la licencia de navegación, la autorización de la Consejería de Movilidad y Ordenación del Territorio para el alquiler de embarcaciones de esparcimiento de la Unión Europea y el título del curso de formación de técnico deportivo o acreditación de embarque en un barco de lista 6 ª. durante un mínimo de 5 años. Para la de embarcaciones hace falta la licencia de navegación actualizada.

Estas recomendaciones son una pequeña aportación desde la Administración para colaborar en la sostenibilidad de esta actividad, respetando el medio marino y aplicando el sentido común, encontrando la satisfacción en salir a la mar y llevar a cabo esta actividad sin traspasar sus límites.

Vedas: raor y verderol
Hay establecido un período de veda específico para la pesca del raor (Xyrichthys novacula) desde el 1 de abril hasta el 31 de agosto. Asimismo, se a establecido un período de veda específico para la pesca del verderol o juvenil de clase de edad 0 de la serviola (Seriola dumerili) desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre en las aguas de Eivissa y Formentera. Se consideran de clase 0 todos los ejemplares que no llegan a la talla de 30 cm, medidos de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CE) 894/1997, del Consell.

Pescar en la Reserva marina de los Freus de Eivissa y Formentera
En la Reserva Marina de Es Freus se puede pescar con normalidad a excepción de las zonas de protección especial y de veda para las modalidades de pesca citadas anteriormente. A este respecto, se ha establecido una veda para la pesca con curricán de superficie y curricán de fondo, desde el 30 de octubre hasta el 31 de marzo. Asimismo, también hay una regulación en cuanto a la pesca con aparejos, que establece la pesca de caña con un máximo de 6 anzuelos por pescador, el requisito de contar con una autorización especial para la pesca con atarraya y la obligación de pesca diurna con aparatos como la tridente.

Recordamos que las reservas marinas son figuras de protección pesquera mediante las cuales se regula el uso y la explotación del medio marino. Uno de los objetivos es incrementar la regeneración natural y conservar los ecosistemas más representativos.

Más información en la Conselleria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza.
tel. 971 32 10 87 (ext.8) · pesca@formentera.es