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Abierto el período de veda para la pesca del raor

rao7El área de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza del Consell Insular de Formentera, a través de su servicio de asesoramiento para todos los temas relacionados con la pesca en la isla y las tramitaciones que se llevan a cabo para regular esta práctica en Formentera, informa que a partir del domingo día 1 de septiembre, queda abierto el periodo para la pesca del raor (Xyrichthys novacula ) hasta el próximo día 1 de abril.

La Licencia de pesca recreativa es la que se requiere para la pesca del raor y permite la pesca desde tierra o desde una embarcación, con una vigencia de dos años. Según ha informado el área de Pesca de Formentera, en el mes de agosto, se han tramitado unas 150 licencias de pesca recreativa aproximadamente.

Con esta licencia se pueden pescar capturar hasta un máximo de 50 piezas, siempre sin sobrepasar los 5 kilogramos. También se permite la pesca de otras especies como cefalópodos (pulpos, sepias y calamares), erizos, peces y puu hasta un máximo de 5 kilogramos, más una pieza que se puede descontar del peso total por día.

Quedan excluidas especies como el atún, la albacora, el pez espada y la aguja de paladar o marlí. Asimismo no está permitido pescar corales y similares, gusanos, queñas, caracoles marinos, lapas, conchas ni crustáceos como las langostas, cangrejos, centollos, cigalas o gambas, entre otros.

Las medidas de las capturas oscilan entre los 11 centímetros de especies como los caramel, los salmonetes y el capellán, hasta los más grandes como la merluza y la herrera (20 cm), la aguja y la lubina (25cm), rape (30) y los más grandes, meros y chernas ( 45 centímetros ) y el atún, con una talla mínima de 115 cm o 30 kilogramos.

Esta licencia permite la pesca con dos cañas y dos poteras, a excepción de la pesca en la Reserva Marina de Es Freus de Ibiza y Formentera, dónde se permite pescar con normalidad, a excepción de las zonas de protección especial y de veda, donde se puede pescar con 1 caña por pescador y con una veda de floja y curricán ( octubre 30-03 31 ). Recordemos que las reservas marinas son figuras de protección pesquera mediante las cuales se regula el uso y la explotación del medio marino. Uno de los objetivos es incrementar la regeneración natural y conservar los ecosistemas más representativos.

Asimismo, recordamos que hay establecido un período de veda específico para la pesca del verderón juvenil de clase de edad 0 de la sirviola (Seriola dumerili), que comenzó el 1 de julio y se extiende hasta el 30 de septiembre en las aguas de Ibiza y Formentera. Se consideran de clase 0 todos los ejemplares que no llegan a la talla de 30 cm, medidos de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 5 del Reglamento ( CE ) 894/1997, del Consell Insular.

Las embarcaciones de pesca recreativa no pueden llevar a bordo capturas superiores a los límites máximos fijados, lo que está controlado por los servicios de inspección y vigilancia del Consell de Formentera, de la Reserva Marina, Guardia Civil y de otras administraciones. Así, las infracciones leves son sancionadas con una multa de entre 60 y 300 euros, las infracciones graves entre 301 y 60.000 euros, y las infracciones muy graves con una multa de 60.001 euros hasta 300.000 euros.

El Consell Insular de Formentera realiza inspecciones con su embarcación semirrígida para garantizar el correcto cumplimiento de la normativa y la imposición de sanciones, en su caso.

Otras obligaciones intrínsecas en la licencia de pesca recreativa son la no utilización de rodillos eléctricos en aguas interiores, la no utilización de aparejos profesionales (redes, palangres, etc.), el requerimiento de una autorización especial para el uso del espejo, el morenell y la llenceta , así como la prohibición de utilizar ningún medio de atracción o de concentración artificial de las especies a capturar, como pueden ser las luces, excepto el cebado.

Estas recomendaciones son una pequeña aportación desde la Administración para colaborar en la sostenibilidad de esta actividad, respetando el medio marino y aplicando el sentido común, encontrando la satisfacción en salir a la mar y llevar a cabo esta actividad sin traspasar sus límites.

Más información en el área de Agricultura , Ganadería, Pesca y Caza .
971 32 10 87 ( Ext.3 ) pesca@conselldeformentera.cat