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La Policía local lleva a cabo 3 precintos por no cumplir con la normativa de contaminación acústica

consell2013 webEl Consell de Formentera vela por ofrecer una alternativa de ocio nocturno respetuosa con el descanso de la ciudadanía

La Policía Local de Formentera, a instancias del área de Actividades, está realizando inspecciones en los establecimientos de ocio nocturno de la isla. Estas actuaciones responden a la necesidad de regular los locales y establecimientos de actividad nocturna que puedan ocasionar molestias al descanso de la población durante la temporada veraniega, para corregir los excesos de niveles sonoros y mantener una buena convivencia en la isla de Formentera.

Hasta ahora se han abierto más de una decena de expedientes sancionadores por contaminación acústica y actividades en locales de ocio nocturno ubicados en diferentes núcleos de la isla y se han adoptado medidas provisionales en 3 locales del núcleo urbano de Es Pujols por la corrección de los valores sonoros (dB) permitidos por la normativa correspondiente, mediante el precinto de las fuentes sonoras perturbadoras (altavoces, equipos de música, etc.) de los locales presuntamente infractores.

Así, atendiendo al Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre que desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre de ruido, referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, en los artículos 53 al 62 de la Ley 1/2007, de 16 de marzo de contaminación acústica de las Islas Baleares y en los art. 27-31 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre de ruido, se adoptaron medidas provisionales en tres locales el pasado 9 de agosto, mediante precinto por parte de los agentes de la Policía local de las fuentes sonoras perturbadoras del descanso nocturno.

Los expedientes sancionadores son instruidos por el área de Actividades de la institución insular para determinar la sanción correspondiente y una vez los locales hayan regularizado su situación, se levantará la medida cautelar y se procederá a la retirada del precinto.

De acuerdo con el artículo 53 de la Ley 1/2007, de 16 de marzo de contaminación acústica balear, es competencia de este Consell Insular la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de esta ley, exigir la adopción de medidas correctoras, indicar las limitaciones, realizar cuantas inspecciones sean necesarias e imponer las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento.

El orden público es una de las prioridades por parte del equipo de gobierno y es por este motivo que, en los meses de temporada alta, hay que regularlo más que nunca para ofrecer una alternativa de ocio respetuosa con la ciudadanía de Formentera que permita conjugar ocio y descanso. Por este motivo, desde el Consell de Formentera se continúa trabajando para fomentar una actitud favorable al mantenimiento de un entorno sin contaminación sonora.