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Áreas Servicios Generales Presidencia Consell y Govern impulsan un servicio de acompañamiento en materia de vivienda en Formentera

Consell y Govern impulsan un servicio de acompañamiento en materia de vivienda en Formentera

foto 2022 mobilitat habitatgeLa presidenta del Consell de Formentera, Ana Juan, y el conseller de Movilidad y Vivienda y presidente del Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), Josep Marí Ribas, han firmado hoy un acuerdo de colaboración que garantiza en el ámbito territorial de Formentera la prestación del servicio de acompañamiento a la ciudadanía en materia de vivienda. Al acto también han asistido el conseller de Vivienda de Formentera, Rafael Ramírez, y la directora gerente del IBAVI, Cristina Ballester

La presidenta ha destacado que para Formentera este servicio "es un paso importante en la ayuda para las personas de la isla que necesitan asesoramiento, tanto social como técnico y jurídico". Juan ha recordado que "se deben impulsar políticas públicas como la Ley de vivienda e iniciativas como esta que hemos firmado hoy para tratar de ofrecer soluciones a las personas que necesitan una vivienda en Formentera".

Por otro lado, el conseller Marí ha señalado que se sigue desarrollando la Ley de la vivienda de las Illes Balears, "para acercar a la ciudadanía un servicio gratuito que debe apoyar a las personas que necesitan asesoramiento y atención en materia de acceso a la vivienda y defensa de ésta. Y lo hacemos gracias a la colaboración entre instituciones para facilitar a los ciudadanos de Formentera un tratamiento personalizado y eficiente y así puedan ejercer su derecho a la vivienda con todas las garantías".

El servicio de acompañamiento debe proporcionar acompañamiento social y, en su caso, acompañamiento jurídico y técnico especializado y personalizado con relación a:

-Las situaciones de pérdida o dificultad en el pago de las obligaciones económicas vinculadas a la vivienda habitual: sobreendeudamiento, reestructuración de la deuda hipotecaria, impago o retraso en el pago de las cuotas hipotecarias o las rentas del alquiler, y dación en pago de la vivienda habitual
-Las obligaciones precontractuales y las posibles cláusulas abusivas en la financiación, arrendamiento o compraventa de viviendas, con traslado posterior de las incidencias detectadas a la Administración competente en materia de consumo
-El alquiler o la compra de una vivienda
-La información sobre las ayudas existentes en materia de vivienda
-El acompañamiento, el asesoramiento y la gestión relativa a la garantía del mantenimiento de los suministros básicos
-La financiación relacionada con la vivienda

El acuerdo tiene una duración de cuatro años, con la posibilidad de prorrogarse al vencer de forma tácita por anualidades hasta un máximo de cuatro años más.

El servicio de acompañamiento debe ponerse en funcionamiento en un plazo máximo de seis meses, a partir de la firma del acuerdo de colaboración.


21 de febrero de 2022
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